UNIVERSIDAD
DE PANAMA
FACULTAD
DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
ESCUELA
DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
Auditorio Dr. Justo Arosemena
“La Policía
Nacional como Órgano de Control Social”.
Conferencia dictada el 28 de agosto de 2013
POR
MAGISTER.
ELIÉCER A. PÉREZ SANCHEZ
ABOGADO-DOCENTE
INDICE
I.- ASPECTOS
GENERALES
1.-
Definición
2.-
Concepto
3.-
Antecedentes
4.-
Funciones
II.- LA
POLICIA NACIONAL EN PANAMÁ
1-. Fundamentación
Constitucional de la Policía Nacional
2.- Fundamento Legal de la Policía
Nacional
VI.- BIBLIOGRAFÍA
OBJETIVOS:
CONOCER: Los antecedentes y regulaciones políticas
y legales de la Policía Nacional.
IDENTIFICAR: La evolución y función de la
Policía Nacional en Panamá como órgano de control social.
DISTINGUIR: Las funciones de prevención y
represión frente a una política criminal por parte de la Policía Nacional.
CONTENIDO DE LA CONFERENCIA
LA POLICÍA NACIONAL
COMO ÓRGANO DE CONTROL
SOCIAL
I.- ASPECTOS GENERALES.
1.- DEFINICIÓN.
El termino Policía proviene de la palabra latina
Politia, que a su vez deviene de la palabra griega “politeia”, ambas tienen su
origen en la voz griega “POLIS”, que significaba en la antigua Grecia, Ciudad o
Estado. La Polis consistía en una ciudad con varios poblados a su alrededor.
Fueron famosos las polis de Atenas, Esparta, Tesalia y otras del mundo helénico.
Las ciudades- estados en Grecia, representaron el fundamento del pensamiento
político de la época, en que el Estado era concebido como una entidad compuesta
por todos los ciudadanos con una participación activa en la administración de
la ciudad. Esto era posible lógicamente, en una pequeña ciudad como la polis
griega, en la cual el número total de ciudadanos era bastante pequeño. De allí,
que la policía en la antigua Grecia tuviera el mismo significado del de una
polis, denominación que abarca indistintamente Ciudad, Estado- Ciudad o Ciudad-
Estado.
En resumen, podemos
afirmar, que el término Policía proviene
del latín politīa (que a su vez procede un vocablo
griego), y lo constituye una fuerza estatal que se encarga de mantener
el orden público
y garantizar la seguridad de los ciudadanos de acuerdo a las
instrucciones de las autoridades políticas. Es decir, la denominación Policía, se refiere a un
determinado cuerpo policial, que como institución tiene como fin la protección
de todos los asociados.
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2.- CONCEPTO:-POLICIA_NACIONAL_DE_PANAMA__
Visto lo anterior, de manera objetiva podemos
concebir a la policía, como un órgano de control social formal cuyo objetivo es
la protección de la sociedad y sus ciudadanos, esto es en, defensa de peligros
(Ramírez B... Pág. 53). Ello equivale a decir, que la policía es una de las
instituciones públicas de mayor importancia en la consolidación de un Estado
democrático, pues es la encargada de velar por la aplicación de las leyes y del
mantenimiento del orden público.
Por regla general, los cuerpos a Policiales del
mundo, se caracterizan por mantener una estructura y poseer un conjunto de normas, que por una parte; la regulan y por otra, limita la libertad de
cada individuo en función del bien común. De allí que se afirme que la Policía
mantiene una función preventiva y otra represiva.
En cuanto al control social, este debe entenderse en
relación a “ciertos proceso sociales que recaban la conformidad del individuo,
sometiéndolo a pautas, modelo y requerimientos del grupo;(cohesión, disciplina,
integración), pues son términos que describen el objetivo final que persigue el
grupo o la sociedad, para asegurar su continuidad frente al comportamiento
individual irregular o desviado” (García-Pablos de molina, 199, p. 77).
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3.- ANTECEDENTES:
El Derecho de
Policía se refiere en primer lugar, a las particularidades de la función
preventiva del Estado. “Analiza el poder de la policía y la función del orden
publico externo o material, pone de presente los motivos y los medios de
policía, detalla la organización del servicio, con su función de policía
nacional y de policía local, enseña quienes pueden dictar reglamentos de
policía y quienes son jefes de servicios, escudriña la naturaleza y finalidad
de las sanciones de policía, a la vez que enumera y estudia estas y por ultimo
explica los distintos procedimientos de policía”. (LEAL VELEZ, pág. 25).
La policía de hoy
ha evolucionado de diferentes maneras, pues cada Estado mantiene un tipo de
específico de estructura policial de acuerdo a su desarrollo político y social.
Así, en los pueblos más antiguos (Egipto, India, China y otros), se adopto la forma de monarquía en la que todo
el poder se concentro en una persona, y ha está autoridad, que venía de Dios, obedecía
la Policía. En Grecia (Atenas y Esparta), en ambas ciudades se desarrollaron
luchas extensas entre Aristócratas y plebeyos. De allí, la necesidad de
introducir reformas en la administración del Estado, donde la base a ese
sistema político radicaba en la riqueza.
En la edad media
(Siglo V al XV), también conocido como la época feudal o edad media, se
caracterizo por ser un régimen feudal donde el
señor feudal tenía el derecho sobre la vida y la muerte de sus siervos,
por lo tanto, los guardias estaban a
sueldo y servicio del señor. Ello implicaba que todos los asociados vivieran
atemorizados por la policía y el señor feudal.
En el
Estado-Policía, la función de la Policía se caracterizo por proteger no solo al
Estado, sino a los Gobernantes con poderes arbitrarios bajo sistemas
denominados dictaduras, propias del sistema que impero en Alemania a partir del
siglo XV, donde el poder se concentraba en manos del Príncipe, recordemos a
Luis XIV quien decía “El Estado Soy Yo”, para referirse al Estado en términos
policivos.
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Para terminar este
punto, hemos de afirmar, que a partir de la Revolución Francesa, dada las
teorías del Derecho Natural y de la separación de los poderes del Estado de
Locke y Montesquie (Estado de Derecho), donde se concibió a la Policía como, “un
órgano administrativo que realiza un servicio público, objetivo e impersonal
para, a tener el orden público, la libertad, la propiedad y la seguridad
individual” (LEAL Op. Cip. Pág. 31).
En los Estados
modernos, la policía cumple una función fundamental, como parte de su
organización política, específicamente, en el mantenimiento del orden. Es
decir, la Policía cumple una función de represión y prevención del delito como
forma de control social formal.
El problema que se
plantea en la práctica, es el rol que la Policía cumple en función del carácter
político concreto o del momento, pues hoy día como en otras épocas, nuestra
Policía, es una institución penetrada políticamente por el gobierno de turno,
es decir, por el componente de sus Autoridades (Ejemplo Presidente, Ministro,
etc.), lo cual provoca un distanciamiento entre la Policía y el ciudadano
común.
II.- LA POLICÍA NACIONAL DE PANAMÁ
1-. Fundamentación Constitucional de la
Policía Nacional
En el
ámbito Constitucional, el Órgano Estatal encargado de “la conservación del
orden público, la protección de la vida, honra y bienes que se encuentren bajo
la jurisdicción del Estado y para la prevención
de los hechos delictivos”. Así
se describe en el Titulo XII, “Fuerza Pública”, de la Constitución Política de
la República de Panamá, (1972), párrafo segundo del artículo 310, modificado
por el artículo 1 del Acto Constitucional No.2 de 1994, pero no siempre se le
denomino de esa manera. Por el contrario, desde la época Republicana hasta
nuestros días, ha sufrido grandes cambios, tanto en su denominación como en su
estructura orgánica.
En la
Constitución Política de la República de Panamá, (1904), se estableció en su
Titulo XIII, “De la Fuerza Pública”, y en el artículo 123 decía: “La Ley
organizara el Servicio Militar y de la Policía Nacional”, De esa manera se
establecía la posible conformación de un Ejército para velar por el orden
externo; y una Policía Nacional encargada del orden interno.
En la
Constitución Política de la República de Panamá, (1941), se estableció en su
Titulo XIII, “De la Fuerza Pública”, y en el artículo 169 decía: “La Ley
organizara el Servicio Militar y el de la Policía Nacional, estableciendo la
posibilidad legal de tener; tanto de un Ejército, como de una Policía Nacional.
En la
Constitución Política de la República de Panamá, (1946), se estableció en su
Titulo XIII, “Fuerza Pública”, y en el artículo 248 decía: “La Ley organizara por
separado el Servicio Militar y el de la Policía Nacional. Con ello se dio en
cambio radical a las dos Constituciones anteriores
En su
versión original, tal cual fue aprobada, la Constitución Política de la
República de Panamá, (1972), también estableció en su Titulo XIII, “Defensa
Nacional y Seguridad Pública”, y en el artículo 269 decía: “La Defensa Nacional
y la Seguridad Pública serán ejercidas mediante una institución denominada
Guardia Nacional. Su funcionamiento y escalafón serán reglamentados por la Ley.
Ello indicaba un cambio sustancial a las tres Constituciones anteriores.
2. Fundamento Legal de la
Policía Nacional
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Durante la Época republicana, tal como afirman los historiadores
Nacionales, las “causas principales de la inestabilidad política colombiana fue
la intervención de las Fuerzas Armadas como árbitro en las disputas políticas
entre Liberales y Conservadores y a un año de la separación istmeña de Colombia
se produce un conato de Golpe de Estado
por parte del Ejército Istmeño, dirigido por el General Esteban Huertas, lo que
obliga a su disolución por parte del Gobierno Panameño con el apoyo de Estados
Unidos, y es así como se crea una Policía completamente desarmada.
Luego, se afirma, que en el año 1935, el Coronel Manuel Pino reestructuró
totalmente la Policía Nacional, incluso logro un presupuesto estatal para la
Policía Nacional.
En ese mismo orden, la Guardia Nacional como órgano institucional llamado,
a velar por el orden y la paz social fue creada y fortalecida bajo la
administración del entonces Presidente de la República Remón Cantera, quien a
través de la Ley No. 44 de 28 de diciembre de 1953, cambia la Institución
denominada Policía Nacional a Guardia Nacional. Este proceso incluía
modernización y especialización de las unidades que integraban a ese cuerpo en
otras Academias Policiales de América.
Con el Golpe del 11 de octubre de
1968, la Guardia Nacional asumió el
mando de esa Institución la que a la postre paso a ser la Fuerza de Defensa de
Panamá, mediante la Ley 20 del 29 de septiembre de 1983, por la cual se
reestructuro, organizo y fundamento este organismo bajo el lema “Todo por la Patria”.
Como la invasión del los Estados Unidos de
Norteamérica a Panamá el 20 de diciembre de 1989, el nuevo gobierno de la
República de Panamá, presidido por Guillermo Endara G., organizó la Fuerza
Pública, mediante Decreto Ejecutivo No. 38 del 10 de febrero de 1990, pues las
tropas Norteamericanas con el pretexto de capturar a Manuel A. Noriega
destruyeron toda la estructura denominada Fuerza de Defensa.
Luego, bajo la administración del Ernesto Pérez Balladares, se dicto la Ley
No. 18 del 3 de junio de 1997, mediante la cual se reorganiza la Policía
Nacional, asumiendo ésta una labor preventiva del delito; mientras la P.T.J. se
encargaría de realizar la labor de investigación e inteligencia del delito,
pues esta última estaría adscrita al Ministerio Público.
Recordemos, que bajo la administración de Martin Torrijos se expidió la Ley No. 69 del 27 de de diciembre del 2007,
mediante la cual se crea la dirección de Investigación Judicial, un organismo
adscrito a la Policía Nacional dentro del Ministerio de Gobierno y Justicia,
cuya labor sería la de investigar y acreditar científicamente el delito.
Posteriormente, se dicta el Decreto ejecutivo No. 1 del 4 de enero de 2008,
mediante la cual se ordena el proceso de transición o cambio estructural, en
donde la D.I.J entra a formar parte de la Policía Nacional y sería una unidad
auxiliar del Ministerio Publico y el Órgano Judicial. A mi juicio los
resultados prácticos son fatales.
Para terminar, hoy día la Policía Nacional de Panamá, se
encuentra legalmente constituida mediante la Ley No. 18 del 3 de junio
de 1997, y en la misma se expresa: “La Policía Nacional de Panamá, junto con el
Servicio Nacional Aeronaval (SENAN), Servicio Nacional de Frontera (SENAFRONT)
y el Servicio de Protección Institucional (S.P.I.) componen la Fuerza Pública”,
en tanto es un cuerpo armado de naturaleza civil adscrito al Ministerio de
Seguridad Pública, encargado de mantener y garantizar el orden Publico a nivel
nacional.
III:- CONCLUSIÓN:
La inseguridad
ciudadana, un problema de todos?
A poco tiempo
determinar o finalizar el año 2013, la inseguridad ciudadana constituye uno de
los problemas fundamentales que padece la Nación Panameña. Las causas son
muchas, a nuestro humilde entender, pero las consecuencias son impredecibles. Hoy
día el narcotráfico, por ejemplo ha venido desmembrando y penetrando los
organismos de seguridad del Estado encargados de prevenir y reprimir el crimen,
puesto que los Gobiernos de las últimas décadas han sido incapaces de propiciar
o elaborar una verdadera Política Criminal para enfrentar la narco-actividad.
En Panamá, el
problema del narcotráfico, bien sea de manera interna o internacional en los
años 70 y 80 eran “Controlados” por las organismos de seguridad en función de
ser localizados. Es decir, a manera de ejemplo en la ciudad capital chorrillo,
Rio Abajo, Parque Lefevre, Curundú, Panamá Viejo, los lugares de venta de
droga, eran conocidos por la propia comunidad incluso sus cabecillas estaban
plenamente identificados, por lo que su represión se facilitaba.
A partir de los
años 90, por motivos conocidos, producto
de la invasión, los organismos de seguridad como la Policía Nacional, Deni,
Migración, etc. desaparecieron, luego se “reconstruyen”, afectando por
supuesto, su estructura interna, quedando a merced del narcotráfico, pues
coincidentemente en el aspecto económico, aparece la globalización como el modelo
económico de turno, lo que contribuye a la narcoactividad en Panamá, y por
supuesto a la penetración de esta problemática en los organismos de seguridad.
Somos del criterio que si bien cierto la
Policía Nacional, ha evolucionado tanto en su estructura orgánica, como en su
componente civil, no es menos cierto que la misma, no cumple a cabalidad con
las funciones que demanda la constitución y la ley, ni micho menos con lo que
la mayoría de los ciudadanos o habitantes del territorio nacional esperan de esa
institución.
Lo anterior nos conduce a concluir, que Panamá
es un País sin orden, ni seguridad, puesto que la Policía Nacional a nuestro
Juicio, estas politizada; burocratizada (ejemplo: la Policía de Transito);
resulta inoperante (casos de robo, hurto etc.); no cumple sus funciones de
represión y prevención (reacciona ante la ola de delitos como forma de reacción
social).
Quiero compartir con ustedes, que hoy un diario
local comentaba que un ex policía de ayer, hoy criminólogo, afirmaba, que ante
los dos crimines de Corredor Sur de apellido Siponeri, el remedio es la
iluminación y vigilancia de ese sector.
"Entonces iluminemos y vigilemos todo Panamá,
y
acabemos de una vez por todas con el criminal
y la criminalidad"
Muchas
gracias.
VI.- BIBLIOGRAFÍA
LEYES:
1.- Constitución
Política de la República de Panamá
2.- Ley
18 de 3 de Junio de 1997
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