jueves, 16 de agosto de 2018

autores panameños



AUTORES PANAMEÑOS DE DERECHO PENAL




Los catedráticos Carlos Muñoz Pope y su esposa Virginia Arango Durling, autores de numerosas publicaciones de Derecho Penal panameño,  para mayor consulta pueden ver

w.w.w.penjurpanamá

jueves, 19 de julio de 2018

delitos sexuales




EL ALCAHUETE EN DERECHO PENAL
por
Virginia Arango Durling
Catedratica de Derecho penal
Universidad de Panamá

*Publicado en Estrella de Panamá, 19 de julio de 2018

Todos en algún momento hemos sido alcahuetes de nuestros hijos y nietos complaciéndolos dentro de los parámetros normales sin malcriarlo, por ejemplo, recuerdo a mi abuelo Fred Durling, que a escondidas de mi abuela me daba diez centavos, para que tuviera más para el recreo.

La expresión alcahuete  se emplea en sentido masculino y femenino, y procede del árabe «Al-qawwád (mensajero)»,y por un lado, es "la persona  que concierta, encubre o facilita una relación amorosa, generalmente ilícita", en otro caso, es la persona que encubre u oculta algo. La acciòn de alcahuetar como el oficio de alcahuete se designa con la palabra lenocinio. Así, quien practica el lenocinio concierta, encubre y facilita una relación amorosa ilícita, lucrándose con tal actividad.

En la Celestina, la alcahueta es una mujer, que lleva ese mismo nombre, que es conocida por concertar citas de amantes, entre estos a Calisto que recurre a ella para estar con Melibea, y que  lo realiza como un negocio de lucro,  mientras tanto el alcahuete es un hombre en El Quijote, que ha sido condenado condenado a las galeras.

El término alcahuete también tiene su aplicación en la actualidad,, por ejemplo, el mejor amigo que miente para salvarle de un lio a su amigo casado afirmando que estaba  en su compañía cuando en realidad andaba con su amante, o cuando también se convierten los padres respecto de los hijos o viceversa promoviendo o tolerando infidelidades, bajo el criterio de que es algo natural del hombre, y no hay nada de malo en ello.

Y, sin embargo, si observamos la alcahuetería en Derecho Penal tiene otras consecuencias màs graves, y se representa en concreto con el proxeneta (lenon art.180) que facilita o promueve el comercio o la actividad de la prostituta, que no es más que nada que una explotación sexual.

Este personaje (hombre o mujer) ve a las personas como objeto y fin de lucro, y si bien, son personas desconocidas, nada impide que los padres o familiares promueven, facilitan o consienten  que sus hijas, sobrinas o demás tengan relaciones sentimentales y sexuales con  otros, y personas adultas  preferiblemente a cambio de dinero, y  aunque las estadísticas nacionales lo reflejan como relaciones consentidas de adultos con menores de edad, ¿No creen ustedes que sea lo contrario? La legislación castiga gravemente cuando se trate parientes por cualquier vinculo, inclusive si ha sido adoptada, o si es alguna persona que la cuida, con diez a doce años de prisión.
Lo cierto, es que donde hay,  miseria,  pobreza,  hambre, desintegración familiar, y poco respeto por la dignidad humana abundan los ataques a la libertad sexual, y por ende es frecuente este fenómeno silencioso que no deja de ser preocupante, no solo porque estas jóvenes queden embarazadas por adultos, sino porque a través de ello se promueve la explotación sexual  y los ataques contra la libertad sexual, y estos hechos quedan impunes porque sus progenitores o familiares alcahuetean tales situaciones, no las denuncian y tal vez solo les interesa obtener algo de dinero para  mejorar su nivel de vida.








lunes, 4 de junio de 2018

Conferencias de actualizaciòn docente Derecho Penal, Criminologìa y Docencia Universitaria




CICLOS DE CONFERENCIAS DE DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGÌA






Participantes a la Jornada de Docencia Universitaria Siglo XXI

El día 14 de mayo iniciamos la jornada diurna con la participación  de los expositores siguientes: Prof. Julia Sáenz, con el tema Los delitos económicos en la legislación penal panameña, seguido de la Profesora Virginia Arango Durling que abordó, Cuestiones sobre la Dogmatica penal
Posteriormente, el  Profesor Hipólito Gill, disertò sobre Problemas teóricos y prácticos de la tipicidad, seguido del Profesor Asistente Campo Elías Muñoz Arango con Redes Sociales y Derecho Penal.
Concluyo la jornada con las intervenciones de la Profesora Julia Sáenz, sobre Los delitos funcionariales en Panamá, y El delito de blanqueo de capitales, por el profesor Eliecer Pérez.
El día  Martes 15 de mayo de 2018, en horario de 8:00 a 12:00 a.m. en el Auditorio Dr. Justo Arosemena, se llevó a cabo la Jornada de Docencia Universitaria Siglo XXI con la que participaron de invitados especiales de la Facultad de Ciencias de la educación de la Universidad de Panamá, que disertaron sobre los siguiente temas:
Tendencias de la educación superior por Dra. Blanca Camacho
Del curriculum tecnológico al Curriculum por competencias, por Mgtr. Julio M. Góndola
La gestión educativa en tiempos de la globalización por el Dr. Franklin De Gracia





sábado, 7 de abril de 2018

Bienvenidos estudiantes de Derecho Penal, Parte General









 LA PROF. VIRGINIA ARANGO DURLING 
LES DA LA BIENVENIDA A ESTE AÑO ACADEMICO 2018





Ponemos a su disposición la Revista Boletín de Ciencias Penales digital del Departamento, la cual puede consultarse en la página web de la Universidad de Panamá, Sección Publicaciones, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

Los miembros del Departamento  son los siguientes:


ARANGO DURLING, Virginia  Profesora de Derecho Penal. Directora de Departamento de Ciencias Penales y Criminológicas.
 CABEZAS  Luis, Profesor de Derecho Penal            
 GILL, Hipólito , Profesor de Derecho Penal            
  HIM, Ricardo, Profesor de Derecho Penal  
JURADO, Aida, Profesora de Derecho Penal           
 MUÑOZ ARANGO, Campo Elías Profesor Asistente
 PALACIOS, Aida Selles de_ Profesora de Criminología
 PEREZ, Eliécer   Profesor de Criminología. Vice Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.      
 RANGEL, Ricardo-Profesor de Criminología
 SÁENZ, Julia Profesora de Derecho Penal
 SANJUR  Raúl   Profesor de Criminología   





























sábado, 3 de febrero de 2018

Derecho Panamá



Cien años de la Escuela de Derecho y Ciencias Políticas
por Virginia Arango Durling*

 (Presentación  de la Revista del Departamento de Ciencias Penales y Criminológicas  No.9 virtual, al conmemorarse estos cien años de la carrera de Derecho en Panamá)


 La Escuela de Derecho y Ciencias Políticas hace cien años fue la" primera institución oficial establecida en la República de Panamá para los estudios de la ciencia jurídica" siendo su fundador espiritual el Doctor Ricardo J. Alfaro, bajo la dirección del Dr.José Dolores Moscote, rector del Instituto Nacional, la cual funcionó hasta 1930, y luego se estableció la Escuela Libre de Derecho.
A partir de 1935, con la creación de la Universidad de Panamá, se incluye la enseñanza del Derecho en la Facultad de Derecho, y hasta 1956 solo ofrecía cursos nocturnos, a diferencia de la actualidad que cuenta con una oferta académica, diurna, vespertina y nocturna, y ofrece estudios de pregrado, maestrías y doctorado, y con ello la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá ha graduado numerosos profesionales del Derecho.

Desde otra parte, al examinar la bibliografía sobre los estudios del Derecho en la Universidad de Panamá notamos que la misma se reduce en primer término, a trabajos de índole histórica ( Oscar Vargas Velarde), y escasamente podemos hallar otros trabajos que profundicen en el ámbito de la enseñanza y aprendizaje del Derecho, que a este respecto podemos mencionar a Humberto Ricord, en Universidad y Enseñanza del Derecho (1971), de Carlos Muñoz Pope (2004), Los Estudios jurídicos en Panamá: antecedentes, presente y futuro,  de Aura Guerra de Villalaz, La enseñanza del Derecho en Panamá,  de Dulio Arroyo Camacho, en Algunas reflexiones en torno a la Universidad.

Y en esta materia consideramos que es necesario reflexionar, tomando en cuenta la calidad y pertinencia de los estudios jurídicos que ofrece la Universidad de Panamá, sin dejar de señalar, la problemática del aumento progresivo de egresados de profesionales del derecho en Panamá.

No cabe duda, como acertadamente expresa GUERRA DE VILLALAZ (2015) se han previsto  requisitos básicos para aspirar a la docencia universitaria, entre otros que se cuenten con estudios de docencia superior, pero aún quedan pendientes otras tareas para mejorar la enseñanza del Derecho en nuestro país, pues es imprescindible afrontar otros retos.

También cuestionaba MUÑOZ POPE, la falta de compromiso docente por parte de profesores que no asisten a clases, regalan calificaciones, no preparan sus clases o nada o casi nada enseñanza de la asignatura que tiene a su cargo, sin dejar de mencionar el papel del estudiante que le interesa solo aprobar la asignatura pidiendo favores o usando mecanismos fraudulentos.  

Por su parte, GUERRA DE VILLALAZ (2015) en fecha más reciente indica que con respecto a los docentes se han previsto  requisitos básicos para aspirar y participar en un concurso de cátedra, pero aún quedan pendientes otras tareas para mejorar la enseñanza del Derecho en nuestro país. En lo que respecta a la Facultad de Derecho de la Universidad de Panamá, la “lección verbalista  es la que ha perdurado, aunque se han introducido variables en algunas asignaturas, afirmando que no es hasta las postrimerías del siglo XX cuando la Facultad de Derecho adquiere equipos electrónicos de proyección de filminas, televisivas y se ponen en práctica métodos de investigación bibliográfica y de campo, como opciones en la enseñanza del Derecho.  En todo caso sugiere que hay que afrontar nuevos retos, combatiendo la improvisación tanto en la política académica curricular como en la exigencia de una evaluación objetiva de la calidad de los recursos humanos, materiales y tecnológicos con los que se cuenta.

Ahora bien, los cuestionamientos que se hacen sobre la enseñanza y aprendizaje de los estudios jurídicos en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá, no se alejan de otras críticas que se han hecho referencia en el extranjero, tal como  advierte en Corrupción en la Universidad, Alfonso Serrano Gómez, ex Catedrático de Derecho Penal y Criminología de la UNED de España.

Y en el caso, de nuestra facultad hay que tener presente que hay que seguir trabajando en mejorar la calidad de enseñanza y aprendizaje, sobre todo cuando escuchamos por los pasillos a los estudiantes quejarse de sus profesores, entre otros, de la inasistencia a clases, que  nada enseña de la asignatura, no es totalmente ético, aunque tales quejas nunca llegan a oídos de las autoridades universitarias.

En consecuencia, tales cuestionamientos y otros es necesario prestarle atención. Una revisión, actualización y transformación continua de los estudios jurídicos conviene realizarla ya que nos enfrentamos a numerosos retos y es necesario adaptarse a las nuevas tendencias de la enseñanza y aprendizaje a nivel superior.

Hoy por hoy, se requiere de un docente con vocación, con ética profesional que sea un buen ejemplo para sus estudiantes, un docente que enseñe y a la vez investigue y que imparta las clases con una metodología que haga cautivar al estudiante , mientras por el otro lado, urge también contar con un estudiante seriamente comprometido con su formación  profesional, como advierte Illera Lobo, en su trabajo Relación de la teoría y la práctica en la enseñanza del Derecho (2017).

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¿Qué clase del profesional del derecho queremos? Es algo que toca a la Universidad de Panamá decidirlo, desde nuestra realidad nacional. Ciertamente, hay una tendencia global hacia la renovación del derecho a partir de la Declaración  Bolonia, y el Proyecto Tunning para Europa y Latinoamérica, lo cual ha transformado la educación universitaria en los países de la región.

Sin embargo, el debate sobre la crisis de la enseñanza del derecho  no es nada nuevo, y en general, se ha abordado como una cuestión didáctica y de pertinencia social como advierten Benfield Escobar y Contreras, sin ahondar en muchas ocasiones con los planes de estudio de las carreras.
No obstante, con el Plan  Bolonia y las nuevas tendencias que incluyen un nuevo enfoque de  competencias la instituciones universitarias en muchos países no pueden estar ajenas a las demandas sociales ( MONTERO CURIEL) y con ello, se ha perdido la autonomía universitaria pues ya no es la encargada de determinar cuáles son los grandes rubros del conocimiento necesario para la sociedad y materializarlo en los planes de estudio y de investigación"(Aboites,2010).  Además de lo anterior, que el Plan Bolonia trae consecuencias para el profesor, el estudiante universitario y la propia universidad ya que como advierte GARCÍA MANJÓN (2012) se evidencia una creciente convergencia en sentido de descaracterizar el proceso de formación humana y la propia institución universidad, sometiendo todo y a todos a un pragmatismo utilitario, en el que el patrimonio del pasado y las proyecciones del futuro son sacrificadas en nombre de un presente incensado en el altar del mercado".
En el caso de nuestra facultad, la licenciatura se ha reducido de cinco a cuatro años, tal como sucedió en España con el Plan  Bolonia, en la que  a propósito de ello habrá que reflexionar y tomar en cuenta lo indicado por Alfonso Serrano Gómez que "acortar en un año las carreras produce sin duda una debilitación de los conocimientos y los estudiantes sufrirán esta carencia cuando empiecen a ejercer sus profesiones"
Antes de terminar, debemos agradecer a nuestros colaboradores asiduos,  y a nuestros invitados especiales los profesores Fabio Joffre Calasich, Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia y Gustavo ArocenaUniversidad Nacional de Córdoba, por sus interesantes contribuciones en la última revista,  a la vez que instamos a otros a participar y seguir contribuyendo al Derecho Penal y a la Criminología.










lunes, 22 de enero de 2018

Docencia, intercambio bibliográfico



Una visita obligada por intereses académicos a la


Una visita obligada a la Universidad de Almería para conocer sus instalaciones y sus docentes es importante para estrechar lazos académicos y revisar las fuentes bibliográficas sobre temas de actualidad en Derecho Penal, lo cual hemos efectuado aprovechando nuestro instancia de turista..

La Universidad de Almería (UAL), creada en 1993, ofrece 31 grados, 37 másteres oficiales y 14 programas de doctorado,además de un amplia formación complementaria .https://www.ual.es/universidad/centros Es una universidad pública de la provincia de Almería (España), y a diferencia de otras está a la orilla del Mar Mediterráneo, una espléndida vista lo cual lo hace muy acogedora. Se encuentra como a 2 km de la ciudad de Almería en el barrio de La Cañada de San Urbano.

Durante la visita a esta universidad nos hemos acercado al despacho del Director del Departamento de Ciencias Jurídicas, Prof. Catedrático José  Eduardo Saínz Cantero Caparrós, el cual nos atendió en nuestra corta  y sorpresiva visita, y aprovechamos la oportunidad para compartir bibliografía panameña en Derecho Penal.

Entre las obras de Sainz Cantero Caparrós podemos mencionar, Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, Los delitos de incendio y muchas otras más de las cuales hemos tenido la oportunidad de consultar en diversos momentos..

El departamento está integrado a su vez por las siguientes personas:
·         Machado Ruiz, María DoloresProfesor Titular de Universidad
·         Pérez Ferrer, FátimaProfesor Titular de Universidad
·         Torres Fernández, María ElenaProfesor Titular de Universidad