martes, 18 de septiembre de 2012

Las Ciencias Penales


por Virginia Arango Durling


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La denominación Ciencia del Derecho Penal se ha entendido en
 un sentido intelectual, que tiene por objeto el estudio de las instituciones que integran el Derecho Penal, según indica Bueno Arus, o de sistematiza el Derecho Penal, como a bien lo han manifestado Guerra de Villalaz/ Muñoz Rubio en nuestro medio.

En opinión de Rodríguez Ramos (2006, p. 46) la Ciencia del Derecho Penal no es solo una ciencia, sino antes también y principalmente un “arte” o una praxis consistente en aplicar las leyes penales vigentes a los casos concretos, es una ciencia que realiza en principio una actividad exegética, hermenéutica e interpretativa de las leyes penales.

Al examinar la Ciencia del Derecho Penal, apreciaremos que tiene un método, el dogmático  y tiene un objeto, el estudio de la legislación vigente, y a su vez diversas misiones dogmática, creadora, investigativa, docente, aplicativa y crítica (Rodriguez Ramos,2006).
En la misma línea determinaremos que las ciencias penales se ocupan del delito, del delincuente y de las consecuencias jurídicas, reconocidas como "enciclopedia de las ciencias penales".

En ese sentido tenemos que las Ciencias Penales se agrupan en Ciencias Penales de Naturaleza Normativa y Ciencias Penales Causal explicativas.

Las Ciencias Penales de naturaleza normativa comprenden: Dogmática Penal, Política Criminal y Penología.  Por su parte son Ciencias Penales explicativas la Criminología y la Victimología, y más adelante las examinaremos, y nos remitimos para ello a nuestra obra publicada el año pasado.




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